¿SERÁ POSIBLE...?a) Objetividad, veracidad e imparcialidad de las informaciones.
b) Libertad de expresión de opiniones con respeto a los derechos y deberes fundamentales, y especialmente, al derecho al honor, a la intimidad personal, y a la propia imagen.
c) La separación entre informaciones y opiniones, la identificación de quienes sustentan estas últimas y su libre expresión, dentro de los límites del artículo 20, apartado 4, de la Constitución.
d) Acceso a los medios de los grupos sociales y políticos representativos, respetando el pluralismo político, religioso, social y cultural de la sociedad canaria.
Además, uno de los principios en los que se inspira la actividad de los servicios de radiodifusión y televisión dependientes de la Comunidad Autónoma es la "defensa de la identidad, valores e intereses del pueblo canario, así como la promoción de la convivencia y solidaridad reconocidas en la Constitución y el Estatuto de Autonomía"
MÁS INFO
Logo TV Canaria propuesto por Canarias Bruta
No hay comentarios:
Publicar un comentario